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Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 505

Art. 505 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 505 Trabado el embargo se citará al deudor para la venta de los bienes embargados. Las excepciones deber CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 504

Art. 504 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 504 Expresada la conformidad por el deudor, o transcurrido el plazo sin que se hubiese contestado el tra CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 502

Art. 502 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 502 Si la sentencia contuviere condena al pago de cantidad líquida y determinada o hubiese liquidación a CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 503

Art. 503 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 503 Cuando la sentencia condenare al pago de cantidad ilíquida y el vencedor no hubiese presentado la li CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 500

Art. 500 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 500 Las disposiciones de este título serán asimismo aplicables:_x000D_
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1. A la ejecución de transacciones o CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 501

Art. 501 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 501 Será juez competente para la ejecución: El que pronunció la sentencia._x000D_
_x000D_
El de otra competencia ter CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 499

Art. 499 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 499 Consentida o ejecutoriada la sentencia de UN (1) tribunal judicial o arbitral y vencido el plazo fij CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 498

Art. 498 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 498 En los casos en que se promoviese juicio sumarísimo, presentada la demanda, el juez, teniendo en cue CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 497

Art. 497 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 497 NOTA DE REDACCION (DEROGADO POR LEY 25488)_x000D_
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CAPÍTULO II: PROCESO SUMARISIMO_x000D_
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