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Código Civil y Comercial Argentino

Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 635

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 636

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 633

Art. 633 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 633 Antes de pronunciar sentencia, y si las particularidades del caso lo aconsejaren, el juez hará compa CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 634

Art. 634 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 634 Los gastos causídicos serán a cargo del denunciante si el juez considerase inexcusable el error en q CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 632

Art. 632 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 632 Producido el informe de los facultativos y demás pruebas, se dará traslado por CINCO (5) días al den CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 630

Art. 630 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 630 Cuando al tiempo de formularse la denuncia el presunto insano estuviera internado, el juez deberá to CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 631

Art. 631 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 631 Los médicos, al informar sobre la enfermedad, deberán expedirse con la mayor precisión posible, sobr CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 628

Art. 628 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 628 Cuando el presunto insano careciere de bienes o éstos sólo alcanzaren para su subsistencia, circunst CPCCN Nacional

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Codigo Procesal Civil y Comercial Nacional Articulo 629

Art. 629 CPCC Código Procesal Civil y Comercial Artículo 629 Cuando la demencia apareciere notoria e indudable, el juez de oficio, adoptará las medidas estableci CPCCN Nacional

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